Caso del senador Javier Aponte cambia de jurisdicción judicial

La jueza Ann Margaret Higginbotham Arroyo del Tribunal de Carolina acogió hoy una petición de la defensa del senador Javier Aponte Dalmau y trasladó su caso relacionado a un altercado con su antiguo chófer a otra jurisdicción.

En una resolución de cuatro páginas, la togada explicó que no atendió la petición de inhibición del juez Eduardo Otero Ortiz porque se tornó académica al acceder al traslado.

“Si se resuelve a favor del acusado, se atribuirá a su posición y la de su familia en la región y si se resuelve para su detrimento podría ser calificado de acto de revanchismo u oportunismo político, ejemplificación pública de una figura relevante, entre muchas otras posibilidades. Lo que sí es innegable es que, en este acertijo, pierde el Poder Judicial si no vigila la pulcritud de sus procesos tanto en la realidad como en la apariencia. Si existe la posibilidad de minimizar estas dudas, mover al sosiego que trae un proceso impecable, entonces es nuestra exigencia el así hacerlo”, reza la resolución.

Posteriormente, la jueza administradora del Tribunal de Carolina, Rosa del Carmen Benítez Álvarez, ordenó su traslado al Tribunal de Fajardo. La vista en alzada sigue en pie el 14 de junio a las 10:00 a.m.

El pasado 28 de abril debía llevarse a cabo la vista de causa para arresto en alzada contra Aponte Dalmau, pero su defensa solicitó la inhibición del juez Otero Ortiz, un pasado adversario político del imputado, y el traslado a otra jurisdicción para salvaguardar la apariencia de neutralidad.

Aponte Dalmau encara dos cargos menos grave de agresión y alteración a la paz.

El pasado 8 de marzo, el juez Orlando Puldón Gómez no encontró causa para el arresto del senador por un altercado con su entonces chófer Rafael Rivera Ramos por entender que el ministerio público no cumplió con el requisito de identificación del imputado, una determinación que el fiscal Omar Barroso Rosario rechazó de inmediato y que generó un debate sobre el acceso de la defensa a la prueba del Estado en esta etapa del trámite penal.

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