Gobernador ordena vacunación obligatoria para empresas con 50 empleados o más

Ante el repunte en casos de COVID-19, el gobernador Pedro Pierluisi Urrutia divulgó una nueva orden ejecutiva que entrará en vigor hoy y que ordenó a los patronos con una plantilla de 50 o más empleados a adoptar una política de vacunación obligatoria.

Este mandato se extiende a la empresa privada y a los municipios.

La nueva directriz, que agrupa todas las disposiciones vigentes, también eliminó el requisito de las exenciones médicas o religiosas en los escenarios de trabajo. Es decir, que los empleados que no deseen vacunarse solo tendrán que presentar el resultado de una prueba negativa del virus una vez a la semana. Hasta hoy, los resultados se presentaban al inicio de la semana laboral.

En rueda de prensa desde La Fortaleza, Pierluisi Urrutia señaló que los empleados de estas empresas tendrán un término de 45 para cumplir con este mandato. Los menores de 5 a 11 años, que tomen clases presenciales, deberán estar vacunados en o antes del 31 de enero. En el caso de los estudiantes, el gobierno mantuvo el requisito de las exenciones por creencia religiosa o por motivos religiosos.

La vacunación contra el COVID-19 sigue siendo obligatoria para estudiantes de 12 años o más, incluyendo universitarios y grados técnicos de cualquier entidad pública o privada, sujeto a las excepciones religiosas o médicas. De reclamar alguna excepción, tendrán que hacerse las pruebas cada siete días.

Insistió en que los estudiantes que no se vacunen y no cuenten una justificación religiosa o médica, no podrá entrar a los planteles escolares y recibirán “la educación de forma virtual o por algún método alterno, de estar disponible”.

“Dado que durante la pandemia se ha comprobado que los casos tienen una tendencia a surgir en ondas, es posible un aumento en cualquier momento. Por eso, seguiremos fomentando la vacunación, incluyendo los refuerzos, para asegurar que mantenemos a nuestra población protegida. Actualmente nuestra Isla ha dado ejemplo a nivel mundial en cuanto a las estadísticas de vacunación, pues más de un 80% de nuestra población apta está vacunada”, sostuvo el primer ejecutivo.

“En aras de evitar aumentos significativos y ante las festividades que se aproximan, es necesario mantener ciertas medidas e incluir otras acciones afirmativas en sectores más vulnerables para así mantener las bajas tendencias que nos han hecho ser un ejemplo para otras jurisdicciones”, agregó.

Después de mantener una tendencia hacia la baja, la tasa de positividad comenzó a subir de manera sostenida desde el 31 de octubre. Hoy se encuentra en el 3.1%. Según la Organización Mundial de la Salud, este cifra -junto a otros indicadores- no debe exceder el umbral del 3%.

Como parte de la nueva orden ejecutiva, el gobierno mantuvo el uso de mascarillas en lugares cerrados y al aire libre en actividades con 50 personas o más y recomendó su uso en lugares turísticos y áreas urbanas donde haya aglomeraciones. Este requisito de mascarilla no incluye playas, ni balnearios. En reuniones privadas de 20 personas o menos, en las cuales todos están vacunados, la mascarilla será recomendada pero no obligatoria.

Advirtió que el Departamento de Salud también podrá exigir el uso de mascarillas en otros escenarios que determine adecuado.

Sigue vigente el requisito de vacunación para asistir a actividades multitudinarias en lugares cerrados. Los establecimientos que soliciten la prueba negativa tendrán que limitar el aforo al 50% de ocupación.

Detalló que los menores de 5 a 11 años podrán asistir a eventos multitudinarios en lugares cerrados con un resultado de prueba negativa de COVID-19 realizada 72 horas hasta el hasta el 31 de enero de 2022. A partir del 1 de febrero de 2022, estos menores se regirán por las disposiciones de vacunación obligatoria que aplican a los adultos. Esta disposición no aplica a menores de 5 años, quienes no podrán asistir a estos eventos salvo por una dispensa del Departamento de Salud.

Las disposiciones anteriores, según el mandatario, no aplicarán a eventos públicos o religiosos en los que se brinden servicios gubernamentales o medie una dispensa del Departamento de Salud.

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