Jueces del Supremo se acusan de populares y penepés en determinación que ordena escrutinio general

Jueza asociada Anabelle Rodríguez y el juez asociado Rafael Martínez Torres.

En una determinación emitida hoy por el Tribunal Supremo de Puerto Rico, el juez asociado Rafael Martínez Torres y la jueza asociada Anabelle Rodríguez Rodríguez, aprovecharon para señalarse como militantes del Partido Popular Democrático (PPD) y el Partido Nuevo Progresista (PNP), respectivamente.

El juez Martínez Torres dijo que “las opiniones disidentes de la juez asociada señora Rodríguez Rodríguez y del juez asociado Colón Pérez no es jurídico, lamentablemente” y acto seguido adjunto el enlace de un video de You Tube que dirige a una grabación del himno del PPD denominado “Jalda Arriba”.

Mientras, la jueza asociada Rodríguez Rodríguez dijo en su opinión disidente que “en época eleccionaria, sobre todo, desciende una densa nube de pigmento azul añil y se asienta sobre este Tribunal (Supremo), nublando el entendimiento y discernimiento de la mayoría”, en clara referencia al color azul con el que se identifica el PNP.

Hoy cerca del mediodía, el Tribunal Supremo de Puerto Rico determinó que continúe el escrutinio general de las elecciones y se entreguen las listas de electores en la medida que se vayan abriendo los maletines y prohibió que las listas se saquen de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE).

La determinación indica que solamente los funcionarios de las mesas correspondientes tendrán acceso a la lista correspondiente a cada maletín.

La jueza presidenta Maite Oronoz y los jueces asociados Rodríguez Rodríguez y Ángel Colón Pérez emitieron opiniones disidentes.

“Este tribunal no va a permitir la paralización o el poder de veto de ningún partido por encima del mandato del pueblo y de los procesos instrumentados en ley. En ese sentido se instruye a la CEE que no podrá paralizar la totalidad de las mesas donde se realiza el escrutinio general y que cualquier divergencia en una mesa particular se atenderá a base de los niveles jerárquicos que establecen las normas reglamentarias de la CEE”, reza la determinación emitida hoy por la mayoría del máximo foro judicial.

“El escrutinio general, según mandata el Código Electoral, no podrá ser paralizado, excepto por los procesos de descanso rutinario. Así el escrutinio operará de forma continua y ágil, garantizando que se cuente todo voto emitido por elector autorizado en ley”, agregó la determinación.

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