FEMINICIDIO SIGUE SIENDO UN DELITO, POR AHORA

⚖️ El feminicidio sigue siendo considerado un delito.
📜 El Tribunal de Apelaciones declaró inconstitucional una de las 11 circunstancias enumeradas en el Código Penal que constituyen ese delito.
📝 Se trata del Artículo 5, que definía feminicidio cuando “el sujeto haya realizado actos o manifestaciones esporádicas o reiteradas de violencia en contra de la víctima, independientemente de que los hechos fueran denunciados o no”.
❌ La decisión alega que el artículo es vago y viola el debido proceso, la presunción de inocencia y la garantía contra el discrimen por sexo.
⚠️ La ley no delimita qué son "actos o manifestaciones esporádicas o reiteradas de violencia", permitiendo aplicaciones arbitrarias y discriminatorias que afectan derechos fundamentales.
👩⚖️ Se consideró inconstitucional que la norma solo reconozca como víctimas a mujeres; el tribunal sugiere alternativas menos restrictivas, como lenguaje neutro.
🏛️ Como consecuencia, se ordenó desestimar la acusación bajo ese artículo en el caso de Luis Raúl Santiago Alvarado y se enfatiza que las leyes penales deben ser claras, precisas y respetar derechos constitucionales sin discriminación.
🚨 Luis Raúl Santiago Alvarado fue acusado de feminicidio y ley de armas por quitarle la vida a Mildred Beatriz Colón; se entregó a la policía y admitió el crimen, alegando que la víctima había intentado asesinarlo. Durante la vista preliminar, se presentaron testimonios sobre conductas agresivas previas de Santiago Alvarado hacia la víctima, incluyendo manifestaciones de violencia y amenazas.


