Vistas antes de juicio deben ser por videoconferencia, según Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo de Puerto Rico determinó que las vistas deben ser por videoconferencia para la celebración de vistas de procesos criminales anteriores al juicio.

En una opinión emitida por la jueza presidenta Maite Oronoz se determinó que los reclamos relacionados al derecho a la confrontación no proceden porque ese derecho constitucional no opera hasta la etapa de juicio, o en el caso del menor, hasta la vista adjudicativa.

El juez asociado Luis Estrella emitió una opinión disidente por entender que la pandemia “no justifica la suspensión absoluta de los derechos constitucionales”.

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