Fracasa intento para salvar la ley de retiro temprano

Los intentos por resucitar la Ley 80 que permitía el retiro temprano de empleados públicos no prosperaron. Por tanto, el Gobierno de Puerto Rico no podrá implementar dicha legislación.

En una carta enviada el viernes a la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (Aafaf), el principal asesor legal de la Junta, Jaime El Koury, afirmó que el gobierno fracasó en su intento de demostrar que dicho estatuto lograría ahorros al fisco.

Por orden del tribunal que atiende el caso de la quiebra gubernamental, Aafaf y la Junta iniciaron un proceso de diálogo en diciembre pasado para tratar de “salvar” la Ley 80. Esa orden se produjo luego de que la corte invalidó las leyes 80, 81 y 82, que fueron aprobadas en el 2020. La Ley 80 permitía la jubilación temprana de ciertos empleados públicos. La Ley 81 buscaba mejorar las condiciones de retiro de policías y otros agentes del orden público, mientras que la Ley 82 permitía a los maestros del sistema público sumar sus licencias a los años de servicio que debían acumular para jubilarse.

“El esfuerzo ha sido inútil. La orden requería que el Gobierno participara en el ejercicio fiscalmente responsable de determinar el costo real de implementar la Ley 80 e identificar, si fuera posible, ahorros más allá de los requeridos en el Plan Fiscal. Hasta la fecha, el Gobierno no ha proporcionado la información y el análisis necesarios para concluir que Ley 80 realmente podría generar ahorros”, apuntó el abogado en la carta enviada el viernes al subdirector ejecutivo de Aafaf, Nelson Pérez Méndez.

Según El Koury, el gobierno arrastró los pies para finalmente entregar información incompleta.

Mencionó, por ejemplo, que desde el 1 de abril de 2021, Aafaf identificó a cerca de 11,000 empleados a través de 150 agencias y municipios, que expresaron interés en participar en el programa de jubilación temprana de la Ley 80. Pero que el análisis incluido en la carta del 28 de marzo de 2022 solo abarcaba a “una pequeña fracción de esos empleados y agencias, sin ofrecer una explicación o razón para limitar la Ley 80 solo a esos empleados”.

Aseguró también que aún ese análisis, que englobaba solo a 7 agencias, estaba incompleto.

Ante el incumplimiento con la orden del tribunal, el abogado de la Junta propuso al representante del Gobierno informar al tribunal la situación, al tiempo que le advirtió que no podía otorgar beneficios al amparo de la Ley 80, que según la decisión del tribunal, fue anulada.

La Ley 80 buscaba paliar el impacto de los recortes en las pensiones y la restructuración del Sistema de Retiro en el contexto de la negociación de la deuda pública.

En las vistas de transición, celebradas entre enero y diciembre del 2020, el jefe de la Administración de los Sistemas de Retiro de los Empleados del Gobierno y la Judicatura, Luis Collazo Rodríguez, indicó que ese estatuto se aprobó sin evaluar la cantidad de empleados esenciales que tendrían que ser reemplazados, un escenario que afectaría las proyecciones de ahorros. Esa evaluación, según el funcionario en aquel momento, debió hacerse el año pasado.

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