Juez ordena adjudicar todos los votos por nominación directa en Guánica

El juez Anthony Cuevas del Tribunal de Primera Instancia revocó parte de la Resolución de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) que dejaba sin contar los votos de nominación directa sin marca en el cuadrante de nominación directa que contengan el nombre del nominado. 

Esta decisión surge luego que Edgardo Cruz Vélez, candidato a la Alcaldía del Municipio de Guánica por nominación directa, solicitó al Tribunal que estos votos sean contabilizados.

El juez Cuevas dijo que aunque reconoce que el Código Electoral “requiere que el elector escriba el nombre de la persona por la cual procura votar por nominación directa y haga una marca a su lado, en el presente caso debemos despegarnos de una interpretación textual para que prevalezca la intención del elector”.

“El voto por nominación directa es distinguible de los demás tipos de votación porque requiere, para su emisión, que el elector escriba el nombre de una persona que no es un candidato. La esencia de ese tipo de voto es el nombre del nominado, por lo que su validez no puede estar supeditada a si tiene una marca a su lado”, agregó.

El juez Cuevas dijo en su sentencia que “al elector escribir el nombre del nominado manifiesta clara e inequívocamente su intención de votar por esa persona, requerirle al elector que suscriba una marca adicional raya en lo absurdo”.

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