Manuel Fernós demanda a la Inter y pide que le paguen por botarlo ilegalmente

El expresidente de la Universidad Interamericana, Manuel Fernós López-Cepero, acudió al tribunal para que ordene a la institución iniciar un proceso de arbitraje, donde se dirima el pago de los alegados daños que reclama por despido injustificado.

La Junta de Síndicos despidió a Fernós el 24 de mayo pasado tras iniciar una investigación interna de las actuaciones de Dominique Gilormini De Gracia, ex director ejecutivo de la presidencia. En lo que culmina esa pesquisa, suspendió a Gilormini De Gracia del cargo, pero el funcionario mantuvo su salario.

En la demanda para compeler el arbitraje, los abogados del ahora catedrático de la Facultad de la Inter plantearon que el contrato de servicios o de empleo no docente de Fernós contiene una cláusula que se activa cuando aflora una disputa por la interpretación del acuerdo contractual. Alegaron también que  a pesar de esa disposición, la Inter se resiste a la constitución del comité de arbitraje.

“Cuando surja una controversia o reclamación por la interpretación o aplicación de este contrato o por la violación del mismo, y las partes no puedan resolver tal controversia, se dispone que la misma sea sometida a arbitraje privado por un Comité de Arbitraje de tres miembros, uno nombrado por cada parte y un tercer miembro nombrado por mutuo consentimiento de los dos miembros nombrados por las partes. La decisión del Comité de Arbitraje será final y obligatoria para ambas partes, si es conforme a derecho. El costo de este arbitraje será pagado por las partes a razón de  cincuenta por ciento (50%) cada una” argumentaron los licenciado Harold Vicente y Federico Hernández Denton.

A tono con esta disposición, Fernós designó a la exjueza del Tribunal de Apelaciones Sonia Ivette Vélez Colón para formar parte del panel de arbitraje. Informó la decisión a la abogado de la Inter, Luis Rodríguez López el 24 de agosto de 2022. Hasta el momento la institución no ha designado a su representante.

“En virtud de la cláusula de arbitraje del Contrato, le corresponde a un Panel de Árbitros compensar al Profesor Fernós por los daños ocasionados por el incumplimiento de Contrato, por la violación a la Ley Núm. 115-1991, según enmendada, conocida como “Ley de Represalias contra el Empleado por Ofrecer Testimonios”, 29 LPRA sec. 194 y ss, al despedirlo ilegalmente el 24 de mayo de 2022, luego de denunciar ante la Junta las serias irregularidades cometidas por (el presidente de la Junta) Muñoz, así como por la difamación que éste ha sufrido”, apuntaron los abogados.

Señalaron también que al momento de despedir a Fernós, el presidente de la Junta de Síndicos, José Muñoz Ávila, le entregó una carta en la cual le informaba que existía justa causa para removerlo del puesto y que la institución honraría la indemnización estipulada en su contrato a pesar de que no correspondía dicha compensación. Según los abogados, la Junta de Síndicos condicionó esa indemnización a la firma de un relevo de responsabilidad, que Fernós rechazó.

“Debido a que el Profesor Fernós se negó a firmar el relevo, en represalia, Muñoz comenzó una investigación de los servicios desempeñados por el primero, con el fin de también privarlo de su plaza docente en la Universidad y también ha requerido acceso a la data e información en su celular que está protegida por los derechos de intimidad”, apuntaron los letrados en la demanda con fecha del 5 de octubre.

Apoyados en estas alegaciones, los abogados solicitaron al Tribunal de San Juan que ordene a la Inter, en un plazo no mayor de cinco días, identificar el árbitro que habrá de designar, apercibiéndole que de no llevar a cabo esa designación, el tribunal procederá con su designación.

Lee la demanda aquí: Manuel Fernós vs UIPR

0 Shares:
You May Also Like