Supremo sanciona a la “abogada motorizada”

El Tribunal Supremo suspendió a la licenciada Roxanna Soto Aguilú, conocida como la “abogada motorizada” del ejercicio de la notaría por un año.

El máximo foro judicial emitió la sentencia, que entró en vigor de forma inmediata, el 30 de diciembre de 2021.

“De igual forma, se le apercibe de su deber de observar de forma escrupulosa los principios deontológicos que se recogen en el Código de Ética Profesional”, reza la sentencia.

“También le apercibimos que, de incurrir en otro acto que contravenga las normas antes señaladas, estará sujeta a sanciones disciplinarias mucho más severas. Le ordenamos notificar a todas las personas que han procurado de sus servicios notariales de su inhabilidad para atender los trabajos que tenía pendiente y devolverles tanto los expedientes como los honorarios notariales recibidos por trabajos no rendidos”, concluye la curia en el documento de 30 páginas.

Esta acción disciplinaria responde a una querella representada el 13 de febrero de 2020 por una escritura de compraventa que Soto Aguilú autorizó el 15 de marzo de 2007 sin corroborar el trámite registral del inmueble.

“La licenciada Soto Aguilú indujo a los otorgantes a realizar un negocio ilícito donde se desembolsó el pago de $70,000.00 por la adquisición de un bien inmueble que no le pertenecía a la parte vendedora”, detalla el Supremo en la sentencia.

Lee el documento aquí: In Re Roxanna Soto Aguilú

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