Juez admite dificultad para destituir a Elizabeth Torres como delegada congresional

Fotocaptura de la vista que se transmitió por el canal de YouTube del Poder Judicial.

El juez Anthony Cuevas Ramos del Tribunal de San Juan no desestimó hoy la demanda incoada por el Departamento de Justicia para destituir a la cabildera por la estadidad, Elizabeth Torres Rodríguez.

Pero por su línea de preguntas parece inclinado a desestimar el recurso legal al amparo de la doctrina decuestión política.

Durante la vista virtual, que se trasmitió a través del canal de YouTube del Poder Judicial, el togado reconoció la vaguedad de la Ley que creó la Delegación Congresional y que no cuenta con parámetros claros para medir el cumplimiento con el objetivo principal de los seis delegados que consiste en trabajar a tiempo completo para exigir al Congreso de Estados Unidos que admita a Puerto Rico como un estado de Estados Unidos. El estatuto, aprobada a toda prisa a final del cuatrienio pasado cuando el Partido Nuevo Progresista (PNP) dominaba el Ejecutivo y el Legislativo, ni siquiera elabora el formato de los informes, que los delegados deben someter cada 60 días al gobernador Pedro Pierluisi Urrutia. Hasta el momento, Torres Rodríguez ha sometido dos informes escritos y uno en formato de video. En el primero, describió a la delegación congresional como un embeleco y solicitó a Pierluisi Urrutia que la disolviera. Poco a poco, los informes han subido de tono y acusado al PNP y al propio gobernador de corrupción.

En un momento de la vista, que se extendió 51 minutos, Cuevas Ramos preguntó a la abogada Susanne Lugo Hernández de la División de lo Civil de Justicia, si debía creer por fe los alegatos de incumplimiento que realizaba el Estado. Al inicio de la vista, el togado mencionó que no contaba con los informes sometidos por Torres Rodríguez.

Como parte de su argumentación, Lugo Hernández indicó que Torres Rodríguez solo tenía cumplir con dos objetivos: entregar los informes cada 90 días y realizar gestiones ante el Congreso reclamando la estadidad para Puerto Rico. En su caso, según la abogada, la delegada incumplió con ambos requisitos. No sometió el tercer informe porque la agencia no reconoce el vídeo como un cumplimiento con el requisito.

“No es las (gestiones) que sean como dice el compañero. Son las que sean frente al Congreso, si ella entiende que echarle agua a las matas del Congreso podría mover a que el Congreso aceptara a Puerto Rico como un estado, pues mire que vaya al Congreso y eche agua y lo ponga en el informe, que esa fue la gestión que ella hizo como congresista y como delegada congresional, pero no se trata de eso”, apuntó Lugo Hernández.

“Ciertamente se trata de que ella no está cumpliendo con su deber. Estamos hablando de fondos públicos. Ciertamente la protección de los fondos públicos tiene que ver que en este país se paga al trabaja, al que hace su gestión, la gestión que le toca hacer. El compañero dice que después que ella llene un papel y ponga ahí lo que sea, el tribunal no puede entrar ni siquiera entrar a leer ese documento porque sería una cosa política. No juez eso es ridículo”, abundó.

Desde su oficina y en compañía de Torres Rodríguez, el licenciado Michael Corona Muñoz planteó que Justicia utilizaba esta demanda para obligar al juez a elaborar los parámetros y el reglamento que la Ley no contiene. Enumeró en varias ocasiones las gestiones que otros cabilderos hacen como pararse frente al Congreso con pancartas exigiendo la estadidad.

Indicó que su representada cumplió con el deber de presentar los informes, pero que sus reportes no son del agrado del secretario de Justicia, Domingo Emanuelli, quien aseguró se mueve por una agenda política. También reiteró la vaguedad de la Ley que ni siquiera confiera facultades al Secretario de Justicia para evaluar el trabajo de los delegados y delegadas, ni tampoco establece un proceso de destitución más allá de mencionar que el Secretario de Justicia podrá incoar un recursos ante el tribunal de primera Instancia para destituir al delegado si se demuestra su incumplimiento.

Destacó que Torres Rodríguez es una delegada electa por el voto directo del pueblo y que todavía se encuentra al inicio de su término, que acaba el 31 de diciembre de 2024.

“Con esta Ley no se puede destituir a nadie”, apuntó Corona Muñoz.

“Este caso no pasa de la política de nuestra judicatura de abstención del tribunal, de no pasar juicio sobre esto, porque se trata de un asunto que los tribunales pueden adjudicar. La Constitución y la jurisprudencia de Puerto Rico sabiamente han delineado que este tipo de asunto está fuera del alcance de la Rama Judicial y debe estar fuera porque -en este caso se está pidiendo- que no cumpliéndose con la letra clara de la Ley. Se está pidiendo que se especule y se indique si una gestión política es efectiva y agradable a quien la escucha”, afirmó el licenciado Corona Muñoz.

Al finalizar la vista, Cuevas Ramos señaló que esperará por la réplica de Justicia ante la moción de desestimación siguiendo la doctrina de la cuestión pública. Luego resolverá por escrito.

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